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A examen 25 años de aplicación del
Código de Derecho Canónico
Congreso de estudio del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos
ROMA, martes, 22 enero 2008 (ZENIT.org).- «Investigación propositiva»,
«general y sólo inicial»: es la seña de identidad del Congreso que ha
organizado el Pontificio Consejo para los Textos Legislativos para
conmemorar el XXV aniversario del Código de Derecho Canónico y estudiar el
desarrollo de su aplicación.
La cita --24 y 25 de enero-- también analizará la eficacia de las demás
normas que los distintos organismos de la Curia Romana y los legisladores
particulares han producido en estos últimos cinco lustros.
La convocatoria en el Vaticano, con 700 inscripciones confirmadas hasta el
momento, se celebrará bajo el título: «La ley canónica en la vida de la
Iglesia. Investigación y perspectivas, en el signo del reciente Magisterio
Pontificio».
Y es que de éste se puede desprender la indicación de alguna laguna en el
Código de Derecho Canónico (CDC). Identificar si es así forma parte de la
gran reunión de miembros de la Curia, de Conferencias Episcopales,
canonistas y estudiosos.
Indica «deberes y derechos» propios de los fieles y de la Iglesia según la
voluntad de Cristo, y reune las normas concretas que el legislador formula
para «precisar, aplicar y defender» tales deberes y derechos: así describió
el CDC el presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, el
arzobispo Francesco Coccopalmerio, este martes.
Al presentar en la Sala de Prensa de la Santa Sede el próximo congreso,
confirmó: «El Código canónico de 1983 es un buen Código», si bien, «como
todas las obras humanas, es siempre reformable, y por lo tanto perfectible e
igualmente restaurable después de un tiempo de antigüedad».
Por eso -señaló-- «uno de los objetivos del Congreso» será «identificar
algunos puntos necesitados de una cierta restauración».
Proceso permanente
Este Congreso de estudio marca un momento de una actividad que se mantiene
habitualmente, precisó el secretario del dicasterio, monseñor Juan Ignacio
Arrieta.
De hecho el CDC «ya ha sido modificado en alguna parte o se han producido
nuevas leyes que han colmado áreas que no estaban cubiertas», recordó.
Profundizando en el procedimiento de una reforma del CDC --si se
necesitara--, monseñor Arrieta observó que se trata de planteamientos a
largo plazo, como fue el caso del vigente cuerpo normativo canónico, cuya
reforma se había iniciado en 1966.
Y es que, cuando se llevan a cabo, son modificaciones que involucran a
muchas personas, que requieren ante todo comprobar que exista verdadera
necesidad de cambio, identificar cuál en concreto, todo ello considerado
universalmente -porque no se trata de una ley de alcance nacional, como la
legislación de cualquier país--.
Por lo tanto es un procedimiento complejo que arranca con la puesta en
marcha de una Comisión de estudio de amplia participación, pues -siguiendo
las explicaciones de monseñor Arrieta--, se atiende también a la
sensibilidad colegial del episcopado. Posteriormente se analizan las
distintas materias con los organismos de la Curia interesados, y como la
modificación final resultaría en una ley pontificia, en primera persona, por
competencia, interviene el Santo Padre.
Tal fue el proceso que concluyó hace 25 años, cuando llegó a término
-recordó monseñor Coccopalmerio- la revisión del CDC de 1917, actividad que
había planteado Juan XXIII el mismo día en que anunció la celebración del
Concilio Vaticano II. Cuando concluyó el Concilio, empezó la revisión del
texto normativo siguiendo las aportaciones doctrinales de los documentos
conciliares.
Desde 1966, la Pontifica Comisión para la Revisión del Código de Derecho
Canónico -antecedente histórico del actual Pontificio Consejo para los
Textos Legislativos--, se dedico a la preparación de un nuevo CDC con un
intenso trabajo colegial en el que participaron canonistas y autoridades
eclesiales de todo el mundo, facultades universitarias, conferencias
episcopales e institutos de vida consagrada.
El Siervo de Dios Juan Pablo II promulgó el CDC --actualmente en vigor- el
25 de enero de 1983 con la Constitución Apostólica Sacrae disciplinae leges.
El tiempo transcurrido y el aniversario ofrecen ahora la oportunidad de
reflexionar sobre su aplicación -junto a las demás normas--.
Puntos de partida
Por la brevedad del Congreso y su carácter inicial y general, el dicasterio
ha optado por contar en él con algunos organismos de la Curia, como el
Pontificio Consejo Cor Unum -dedicado a la obra caritativa del Papa-- en la
persona de su presidente, el cardenal Joseph Cordes.
Su intervención --«Espontaneidad de la caridad: exigencias y límites de las
estructuras normativas»-- ayudará a la reflexión, vistas las indicaciones de
Benedicto XVI contenidas en su Encíclica Deus Caritas Est (n. 32) --sobre
«Los responsables de la acción caritativa de la Iglesia»--.
Y es que del documento pontificio se podría desprender «una laguna» para el
CDC --apuntó monseñor Arrieta-- en cuanto a la regulación de las iniciativas
asistenciales y de caridad, la autoridad episcopal respecto a ellas, o el
uso del término «católico», por ejemplo.
Se percibe -según el secretario del dicasterio-- «que el reciente magisterio
pontificio planteaba la necesidad de revisar -sobre la base de las normas y
criterios jurídicos generales ya existentes en el Código-- aspectos
concretos de la disciplina canónica en la eventual perspectiva de colmar
vacíos».
También en esta óptica de evolución intervendrá (sobre «Rigidez y
elasticidad de las estructuras normativas en el diálogo ecuménico») el
cardenal Peter Erdo -arzobispo de Budapest--, como presidente del Consejo de
las Conferencias Episcopales de Europa.
La razón es que el camino ecuménico hace necesario analizar «dos tradiciones
canónicas diferentes»; así, como anuncia monseñor Arrieta, «será necesario
identificar fórmulas técnicas que sirvan para dialogar y tiendan puentes
entre los dos sistemas jurídicos».
En el balance de la aplicación del CDC se llama también a dos dicasterios de
los que depende toda la actividad de gobierno episcopal, incluida la
legislativa, respeto a las circunscripciones eclesiásticas de la
jurisdicción ordinaria -la Congregación vaticana para los Obispos- y de
territorios de misión -la Congregación para la Evangelización de los
Pueblos--. Brindarán su experiencia sus respectivos prefectos: el cardenal
Giovanni Baptista Re y el cardenal Ivan Dias.
Por su parte, el cardenal Franc Rodé -prefecto del dicasterio para los
Institutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica- abordará
«Experiencias y perspectivas de la relación entre norma general y Estatutos
propios».
Consciente de que la eficacia del Derecho canónico reside enormemente en la
formación en seminarios y facultades de Teología, el Pontificio Consejo para
los Textos Legislativos cuenta, en el congreso, con el cardenal Zenon
Grocholewski, prefecto de la Congregación para la Educación Católica.
Toda la reflexión se encauzará gracias al cardenal Julián Herranz
-presidente emérito del dicasterio organizador--, pues la abrirá con una
valoración global de estos veinticinco años como testigo de primera mano de
todo el proceso normativo desde el Concilio.
El cardenal Tarcisio Bertone concluirá los trabajos profundizando en el
papel del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos.
Benedicto XVI hablará a los participantes del Congreso el próximo viernes,
en la audiencia que ha concedido.
Por Marta Lago
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