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HONRARÁS A TU PADRE Y A TU MADRE
2197. El cuarto mandamiento encabeza la segunda tabla. Indica el orden de la
caridad. Dios quiso que, después de El, honrásemos a nuestros padres, a los
que debemos la vida y que nos han transmitido el conocimiento de Dios.
Estamos obligados a honrar y respetar a todos los que Dios, para nuestro
bien, ha investido de su autoridad.
2198. Este precepto se expresa de forma positiva, indicando los deberes que
se han de cumplir. Anuncia los mandamientos siguientes que contienen un
respeto particular de la vida, del matrimonio, de los bienes terrenos, de la
palabra. Constituye uno de los fundamentos de la doctrina social de la
Iglesia.
2199. El cuarto mandamiento se dirige expresamente a los hijos en sus
relaciones con sus padres, porque esta relación es la más universal. Se
refiere también a las relaciones de parentesco con los miembros del grupo
familiar. Exige que se dé honor, afecto y reconocimiento a los abuelos y
antepasados. Finalmente se extiende a los deberes de los alumnos respecto a
los maestros, de los empleados respecto a los patronos, de los subordinados
respecto a sus jefes, de los ciudadanos respecto a su patria, a los que la
administran o la gobiernan.
Este mandamiento implica y sobrentiende los deberes de los padres, tutores,
maestros, jefes, magistrados, gobernantes, de todos los que ejercen una
autoridad sobre otros o sobre una comunidad de personas.
2200. El cumplimiento del cuarto mandamiento lleva consigo su recompensa:
'Honra a tu padre y a tu madre, para que se prolonguen tus días sobre la
tierra que el Señor, tu Dios, te va a dar' [Ex 20,12 .]. La observancia de
este mandamiento procura, con los frutos espirituales, frutos temporales de
paz y de prosperidad. Y al contrario, la no observancia de este mandamiento
entraña grandes daños para las comunidades y las personas humanas.
I.- La familia en el plan de Dios
2201. La comunidad conyugal está establecida sobre el consentimiento de los
esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al bien de los esposos y
a la procreación y educación de los hijos. El amor de los esposos y la
generación de los hijos establecen entre los miembros de una familia
relaciones personales y responsabilidades primordiales.
2202. Un hombre y una mujer unidos en matrimonio forman con sus hijos una
familia. Esta disposición es anterior a todo reconocimiento por la autoridad
pública; se impone a ella. Se la considerará como la referencia normal en
función de la cual deben ser apreciadas las diversas formas de parentesco.
2203. Al crear al hombre y a la mujer, Dios instituyó la familia humana y la
dotó de su constitución fundamental. Sus miembros son personas iguales en
dignidad. Para el bien común de sus miembros y de la sociedad, la familia
implica una diversidad de responsabilidades, de derechos y de deberes.
2204. 'La familia cristiana constituye una revelación y una actuación
específicas de la comunión eclesial; por eso... puede y debe decirse iglesia
doméstica'. Es una comunidad de fe, esperanza y caridad, posee en la Iglesia
una importancia singular como aparece en el Nuevo Testamento.
2205. La familia cristiana es una comunión de personas, reflejo e imagen de
la comunión del Padre y del Hijo en el Espíritu Santo. Su actividad
procreadora y educativa es reflejo de la obra creadora de Dios. Es llamada a
participar en la oración y el sacrificio de Cristo. La oración cotidiana y
la lectura de la Palabra de Dios fortalecen en ella la caridad. La familia
cristiana es evangelizadora y misionera.
2206. Las relaciones en el seno de la familia entrañan una afinidad de
sentimientos, afectos e intereses que provienen sobre todo del mutuo respeto
de las personas. La familia es una 'comunidad privilegiada' llamada a
realizar un 'propósito común de los esposos y una cooperación diligente de
los padres en la educación de los hijos' [GS 52,1.].
2207. La familia es la 'célula original de la vida social'. Es la sociedad
natural en que el hombre y la mujer son llamados al don de sí en el amor y
en el don de la vida. La autoridad, la estabilidad y la vida de relación en
el seno de la familia constituyen los fundamentos de la libertad, de la
seguridad, de la fraternidad en el seno de la sociedad. La familia es la
comunidad en la que, desde la infancia, se pueden aprender los valores
morales, se comienza a honrar a Dios y a usar bien de la libertad. La vida
de familia es iniciación a la vida en sociedad.
2208. La familia debe vivir de manera que sus miembros aprendan el cuidado y
la responsabilidad respecto de los pequeños y mayores, de los enfermos o
disminuidos, y de los pobres. Numerosas son las familias que en ciertos
momentos no se hallan en condiciones de prestar esta ayuda. Corresponde
entonces a otras personas, a otras familias, y subsidiariamente a la
sociedad, proveer a sus necesidades. 'La religión pura e intachable ante
Dios Padre es ésta: visitar a los huérfanos y a las viudas en su tribulación
y conservarse incontaminado del mundo' [St 1,27 .].
2209. La familia debe ser ayudada y defendida mediante medidas sociales
apropiadas. Cuando las familias no son capaces de realizar sus funciones,
los otros cuerpos sociales tienen el deber de ayudarlas y de sostener la
institución familiar. En conformidad con el principio de subsidiariedad, las
comunidades más vastas deben abstenerse de privar a las familias de sus
propios derechos y de inmiscuirse en sus vidas.
2210. La importancia de la familia para la vida y el bienestar de la
sociedad entraña una responsabilidad particular de ésta en el apoyo y
fortalecimiento del matrimonio y de la familia. La autoridad civil ha de
considerar como deber grave 'el reconocimiento de la auténtica naturaleza
del matrimonio y de la familia, protegerla y fomentarla, asegurar la
moralidad pública y favorecer la prosperidad doméstica'.
2211. La comunidad política tiene el deber de honrar a la familia, asistirla
y asegurarle especialmente:
- la libertad de fundar un hogar, de tener hijos y de educarlos de acuerdo
con sus propias convicciones morales y religiosas;
- la protección de la estabilidad del vínculo conyugal y de la institución
familiar;
- la libertad de profesar su fe, transmitirla, educar a sus hijos en ella,
con los medios y las instituciones necesarios;
- el derecho a la propiedad privada, a la libertad de iniciativa, a tener un
trabajo, una vivienda, el derecho a emigrar;
- conforme a las instituciones del país, el derecho a la atención médica, a
la asistencia de las personas de edad, a los subsidios familiares;
- la protección de la seguridad y la higiene, especialmente por lo que se
refiere a peligros como la droga, la pornografía, el alcoholismo, etc.;
- la libertad para formar asociaciones con otras familias y de estar así
representadas ante las autoridades civiles.
2212. El cuarto mandamiento ilumina las demás relaciones en la sociedad. En
nuestros hermanos y hermanas vemos a los hijos de nuestros padres; en
nuestros primos, los descendientes de nuestros antepasados; en nuestros
conciudadanos, los hijos de nuestra patria; en los bautizados, los hijos de
nuestra madre, la Iglesia; en toda persona humana, un hijo o una hija del
que quiere ser llamado 'Padre nuestro'. Así, nuestras relaciones con el
prójimo se deben reconocer como pertenecientes al orden personal. El prójimo
no es un 'individuo' de la colectividad humana; es 'alguien' que por sus
orígenes, siempre 'próximos' por una u otra razón, merece una atención y un
respeto singulares.
2213. Las comunidades humanas están compuestas de personas. Gobernarlas bien
no puede limitarse simplemente a garantizar los derechos y el cumplimiento
de deberes, como tampoco a la sola fidelidad a los compromisos. Las justas
relaciones entre patronos y empleados, gobernantes y ciudadanos, suponen la
benevolencia natural conforme a la dignidad de personas humanas deseosas de
justicia y fraternidad."
III.- Deberes de los miembros de la familia
2214. La paternidad divina es la fuente de la paternidad humana; es el
fundamento del honor debido a los padres. El respeto de los hijos, menores o
mayores de edad, hacia su padre y hacia su madre, se nutre del afecto
natural nacido del vínculo que los une. Es exigido por el precepto divino.
2215. El respeto a los padres [piedad filial] está hecho de gratitud para
quienes, mediante el don de la vida, su amor y su trabajo, han traído sus
hijos al mundo y les han ayudado a crecer en estatura, en sabiduría y en
gracia. 'Con todo tu corazón honra a tu padre, y no olvides los dolores de
tu madre. Recuerda que por ellos has nacido, ¿cómo les pagarás lo que
contigo han hecho?' [Si 7,27-28.].
2216. El respeto filial se expresa en la docilidad y la obediencia
verdaderas. 'Guarda, hijo mío, el mandato de tu padre y no desprecies la
lección de tu madre... en tus pasos ellos serán tu guía; cuando te acuestes,
velarán por ti; conversarán contigo al despertar' [Pr 6,20-22 .]. 'El hijo
sabio ama la instrucción, el arrogante no escucha la reprensión' [Pr 13,1
.].
2217. Mientras vive en el domicilio de sus padres, el hijo debe obedecer a
todo lo que éstos dispongan para su bien o el de la familia. 'Hijos,
obedeced en todo a vuestros padres, porque esto es grato a Dios en el Señor'
[Col 3,20 .]. Los niños deben obedecer también las prescripciones razonables
de sus educadores y de todos aquellos a quienes sus padres los han confiado.
Pero si el niño está persuadido en conciencia de que es moralmente malo
obedecer esa orden, no debe seguirla.
Cuando se hacen mayores, los hijos deben seguir respetando a sus padres.
Deben prevenir sus deseos, solicitar dócilmente sus consejos y aceptar sus
amonestaciones justificadas. La obediencia a los padres cesa con la
emancipación de los hijos, pero no el respeto que les es debido, el cual
permanece para siempre. Este, en efecto, tiene su raíz en el temor de Dios,
uno de los dones del Espíritu Santo.
2218. El cuarto mandamiento recuerda a los hijos mayores de edad sus
responsabilidades para con los padres. En la medida en que ellos pueden,
deben prestarles ayuda material y moral en los años de vejez y durante sus
enfermedades, y en momentos de soledad o de abatimiento. Jesús recuerda este
deber de gratitud.
El Señor glorifica al padre en los hijos, y afirma el derecho de la madre
sobre su prole. Quien honra a su padre expía sus pecados; como el que
atesora es quien da gloria a su madre. Quien honra a su padre recibirá
contento de sus hijos, y en el día de su oración será escuchado. Quien da
gloria al padre vivirá largos días, obedece al Señor quien da sosiego a su
madre [Si 3,2-6.].
Hijo, cuida de tu padre en su vejez, y en su vida no le causes tristeza.
Aunque haya perdido la cabeza, sé indulgente, no le desprecies en la
plenitud de tu vigor... Como blasfemo es el que abandona a su padre, maldito
del Señor quien irrita a su madre [Si 3,12-13.16.].
2219. El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar; atañe
también a las relaciones entre hermanos y hermanas. El respeto a los padres
irradia en todo el ambiente familiar. 'Corona de los ancianos son los hijos
de los hijos' [Pr 17,6 .]. 'Soportaos unos a otros en la caridad, en toda
humildad, dulzura y paciencia' [Ef 4,2 .].
2220. Los cristianos están obligados a una especial gratitud para con
aquellos de quienes recibieron el don de la fe, la gracia del bautismo y la
vida en la Iglesia. Puede tratarse de los padres, de otros miembros de la
familia, de los abuelos, de los pastores, de los catequistas, de otros
maestros o amigos. 'Evoco el recuerdo de la fe sincera que tú tienes, fe que
arraigó primero en tu abuela Loida y en tu madre Eunice, y sé que también ha
arraigado en ti' [2Tm 1,5 .].
2221. La fecundidad del amor conyugal no se reduce a la sola procreación de
los hijos, sino que debe extenderse también a su educación moral y a su
formación espiritual. El papel de los padres en la educación 'tiene tanto
peso que, cuando falta, difícilmente puede suplirse'. El derecho y el deber
de la educación son para los padres primordiales e inalienables.
2222. Los padres deben mirar a sus hijos como a hijos de Dios y respetarlos
como a personas humanas. Han de educar a sus hijos en el cumplimiento de la
ley de Dios, mostrándose ellos mismos obedientes a la voluntad del Padre de
los cielos.
2223. Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos.
Testimonian esta responsabilidad ante todo por la creación de un hogar,
donde la ternura, el perdón, el respeto, la fidelidad y el servicio
desinteresado son norma. El hogar es un lugar apropiado para la educación de
las virtudes. Esta requiere el aprendizaje de la abnegación, de un sano
juicio, del dominio de sí, condiciones de toda libertad verdadera. Los
padres han de enseñar a los hijos a subordinar las dimensiones 'materiales e
instintivas a las interiores y espirituales'. Es una grave responsabilidad
para los padres dar buenos ejemplos a sus hijos. Sabiendo reconocer ante sus
hijos sus propios defectos, se hacen más aptos para guiarlos y corregirlos:
El que ama a su hijo, le corrige sin cesar... el que enseña a su hijo,
sacará provecho de él [si 30,1-2.].
Padres, no exasperéis a vuestros hijos, sino formadlos más bien amediante la
instrucción y la corrección según el Señor [Ef 6,4 .].
2224. El hogar constituye un medio natural para la iniciación del ser humano
en la solidaridad y en las responsabilidades comunitarias. Los padres deben
enseñar a los hijos a guardarse de los riesgos y las degradaciones que
amenazan a las sociedades humanas.
2225. Por la gracia del sacramento del matrimonio, los padres han recibido
la responsabilidad y el privilegio de evangelizar a sus hijos. Desde su
primera edad, deberán iniciarlos en los misterios de la fe, de los que ellos
son para sus hijos los 'primeros heraldos'. Desde su más tierna infancia,
deben asociarlos a la vida de la Iglesia. La forma de vida en la familia
puede alimentar las disposiciones afectivas que, durante toda la vida, serán
auténticos cimientos y apoyos de una fe viva.
2226. La educación en la fe por los padres debe comenzar desde la más tierna
infancia. Esta educación se hace ya cuando los miembros de la familia se
ayudan a crecer en la fe mediante el testimonio de una vida cristiana de
acuerdo con el Evangelio. La catequesis familiar precede, acompaña y
enriquece las otras formas de enseñanza de la fe. Los padres tienen la
misión de enseñar a sus hijos a orar y a descubrir su vocación de hijos de
Dios. La parroquia es la comunidad eucarística y el corazón de la vida
litúrgica de las familias cristianas; es un lugar privilegiado para la
catequesis de los niños y de los padres.
2227. Los hijos, a su vez, contribuyen al crecimiento de sus padres en la
santidad. Todos y cada uno deben otorgarse generosamente y sin cansarse el
mutuo perdón exigido por las ofensas, las querellas, las injusticias y las
omisiones. El afecto mutuo lo sugiere. La caridad de Cristo lo exige.
2228. Durante la infancia, el respeto y el afecto de los padres se traducen
ante todo en el cuidado y la atención que consagran para educar a sus hijos,
y para proveer a sus necesidades físicas y espirituales. En el transcurso
del crecimiento, el mismo respeto y la misma dedicación llevan a los padres
a enseñar a sus hijos a usar rectamente de su razón y de su libertad.
2229. Los padres, como primeros responsables de la educación de sus hijos,
tienen el derecho de elegir para ellos una escuela que corresponda a sus
propias convicciones. Este derecho es fundamental. En cuanto sea posible,
los padres tienen el deber de elegir las escuelas que mejor les ayuden en su
tarea de educadores cristianos. Los poderes públicos tienen el deber de
garantizar este derecho de los padres y de asegurar las condiciones reales
de su ejercicio.
2230. Cuando llegan a la edad correspondiente, los hijos tienen el deber y
el derecho de elegir su profesión y su estado de vida. Estas nuevas
responsabilidades deberán asumirlas en una relación de confianza con sus
padres, cuyo parecer y consejo pedirán y recibirán dócilmente. Los padres
deben cuidar de no presionar a sus hijos ni en la elección de una profesión
ni en la de su futuro cónyuge. Esta indispensable prudencia no impide, sino
al contrario, ayudar a los hijos con consejos juiciosos, particularmente
cuando éstos se proponen fundar un hogar.
2231. Hay quienes no se casan para poder cuidar a sus padres, o sus hermanos
y hermanas, para dedicarse más exclusivamente a una profesión o por otros
motivos dignos. Estas personas pueden contribuir grandemente al bien de la
familia humana.
IV.- La familia y el reino de Dios
2232. Los vínculos familiares, aunque son muy importantes, no son absolutos.
A la par que el hijo crece hacia una madurez y autonomía humanas y
espirituales, la vocación singular que viene de Dios se afirma con más
claridad y fuerza. Los padres deben respetar esta llamada y favorecer la
respuesta de sus hijos para seguirla. Es preciso convencerse de que la
vocación primera del cristiano es seguir a Jesús: 'El que ama a su padre o a
su madre más que a mí, no es digno de mí; el que ama a su hijo o a su hija
más que a mí, no es digno de mí» [Mt 10,37 .].
2233. Hacerse discípulo de Jesús es aceptar la invitación a pertenecer a la
familia de Dios, a vivir en conformidad con su manera de vivir: 'El que
cumpla la voluntad de mi Padre celestial, éste es mi hermano, mi hermana y
mi madre' [Mt 12,49 .].
Los padres deben acoger y respetar con alegría y acción de gracias el
llamamiento del Señor a uno de sus hijos para que le siga en la virginidad
por el Reino, en la vida consagrada o en el ministerio sacerdotal.
V.- Las Autoridades en la sociedad civil
2234. El cuarto mandamiento de Dios nos ordena también honrar a todos los
que, para nuestro bien, han recibido de Dios una autoridad en la sociedad.
Este mandamiento determina tanto los deberes de quienes ejercen la autoridad
como los de quienes están sometidos a ella.
2235. Los que ejercen una autoridad deben ejercerla como un servicio. 'El
que quiera llegar a ser grande entre vosotros, será vuestro esclavo' [Mt
20,26 .]. El ejercicio de una autoridad está moralmente regulado por su
origen divino, su naturaleza racional y su objeto específico. Nadie puede
ordenar o establecer lo que es contrario a la dignidad de las personas y a
la ley natural.
2236. El ejercicio de la autoridad ha de manifestar una justa jerarquía de
valores con el fin de facilitar el ejercicio de la libertad y de la
responsabilidad de todos. Los superiores deben ejercer la justicia
distributiva con sabiduría, teniendo en cuenta las necesidades y la
contribución de cada uno y atendiendo a la concordia y la paz. Deben velar
porque las normas y disposiciones que establezcan no induzcan a tentación
oponiendo el interés personal al de la comunidad.
2237. El poder político está obligado a respetar los derechos fundamentales
de la persona humana. Y a administrar humanamente justicia en el respeto al
derecho de cada uno, especialmente el de las familias y de los desheredados.
Los derechos políticos inherentes a la ciudadanía pueden y deben ser
concedidos según las exigencias del bien común. No pueden ser suspendidos
por la autoridad sin motivo legítimo y proporcionado. El ejercicio de los
derechos políticos está destinado al bien común de la nación y de toda la
comunidad humana.
2238. Los que están sometidos a la autoridad deben mirar a sus superiores
como representantes de Dios que los ha instituido ministros de sus dones:
'Sed sumisos, a causa del Señor, a toda institución humana... Obrad como
hombres libres, y no como quienes hacen de la libertad un pretexto para la
maldad, sino como siervos de Dios' [1Pe 2,13 .16.]. Su colaboración leal
entraña el derecho, a veces el deber, de ejercer una justa crítica de lo que
les parece perjudicial para la dignidad de las personas o el bien de la
comunidad.
2239. Deber de los ciudadanos es cooperar con la autoridad civil al bien de
la sociedad en espíritu de verdad, justicia, solidaridad y libertad. El amor
y el servicio de la patria forman parte del deber de gratitud y del orden de
la caridad. La sumisión a las autoridades legítimas y el servicio del bien
común exigen de los ciudadanos que cumplan con su responsabilidad en la vida
de la comunidad política.
2240. La sumisión a la autoridad y la corresponsabilidad en el bien común
exigen moralmente el pago de los impuestos, el ejercicio del derecho al
voto, la defensa del país:
Dad a cada cual lo que se le debe: a quien impuestos, impuestos; a quien
tributo, tributo; a quien respeto, respeto; a quien honor, honor [Rm 13,7
.].
Los cristianos residen en su propia patria, pero como extranjeros
domiciliados. Cumplen todos sus deberes de ciudadanos y soportan todas sus
cargas como extranjeros... Obedecen a las leyes establecidas, y su manera de
vivir está por encima de las leyes... Tan noble es el puesto que Dios les ha
asignado, que no les está permitido desertar. [Carta a Diogneto]
El apóstol nos exhorta a ofrecer oraciones y acciones de gracias por los
reyes y por todos los que ejercen la autoridad, 'para que podamos vivir una
vida tranquila y apacible con toda piedad y dignidad' [1Tm 2,2 .].
2241. Las naciones más prósperas tienen el deber de acoger, en cuanto sea
posible, al extranjero que busca la seguridad y los medios de vida que no
puede encontrar en su país de origen. Las autoridades deben velar para que
se respete el derecho natural que coloca al huésped bajo la protección de
quienes lo reciben.
Las autoridades civiles, atendiendo al bien común de aquellos que tienen a
su cargo, pueden subordinar el ejercicio del derecho de inmigración a
diversas condiciones jurídicas, especialmente en lo que concierne a los
deberes de los emigrantes respecto al país de adopción. El inmigrante está
obligado a respetar con gratitud el patrimonio material y espiritual del
país que lo acoge, a obedecer sus leyes y contribuir a sus cargas.
2242. El ciudadano tiene obligación en conciencia de no seguir las
prescripciones de las autoridades civiles cuando estos preceptos son
contrarios a las exigencias del orden moral, a los derechos fundamentales de
las personas o a las enseñanzas del Evangelio. El rechazo de la obediencia a
las autoridades civiles, cuando sus exigencias son contrarias a las de la
recta conciencia, tiene su justificación en la distinción entre el servicio
de Dios y el servicio de la comunidad política. 'Dad al César lo que es del
César y a Dios lo que es de Dios' [Mt 22,21 .]. 'Hay que obedecer a Dios
antes que a los hombres' [Hch 5,29 .]:
Cuando la autoridad pública, excediéndose en sus competencias, oprime a los
ciudadanos, éstos no deben rechazar las exigencias objetivas del bien común;
pero les es lícito defender sus derechos y los de sus conciudadanos contra
el abuso de esta autoridad, guardando los límites que señala la ley natural
y evangélica. [GS 74,5.]
2243. La resistencia a la opresión de quienes gobiernan no podrá recurrir
legítimamente a las armas sino cuando se reúnan las condiciones siguientes:
1 ] en caso de violaciones ciertas, graves y prolongadas de los derechos
fundamentales; 2.] después de haber agotado todos los otros recursos; 3.]
sin provocar desórdenes peores; 4.] que haya esperanza fundada de éxito; 5.]
si es imposible prever razonablemente soluciones mejores.
2244. Toda institución se inspira, al menos implícitamente, en una visión
del hombre y de su destino, de la que saca sus referencias de juicio, su
jerarquía de valores, su línea de conducta. La mayoría de las sociedades han
configurado sus instituciones conforme a una cierta preeminencia del hombre
sobre las cosas. Sólo la religión divinamente revelada ha reconocido
claramente en Dios, Creador y Redentor, el origen y el destino del hombre.
La Iglesia invita a las autoridades civiles a juzgar y decidir a la luz de
la Verdad sobre Dios y sobre el hombre:
Las sociedades que ignoran esta inspiración o la rechazan en nombre de su
independencia respecto a Dios se ven obligadas a buscar en sí mismas o a
tomar de una ideología sus referencias y finalidades; y, al no admitir un
criterio objetivo del bien y del mal, ejercen sobre el hombre y sobre su
destino, un poder totalitario, declarado o velado, como lo muestra la
historia. [Juan Pablo II]
2245. La Iglesia, que por razón de su misión y de su competencia, no se
confunde en modo alguno con la comunidad política, es a la vez signo y
salvaguardia del carácter trascendente de la persona humana. La Iglesia
'respeta y promueve también la libertad y la responsabilidad política de los
ciudadanos'.
2246. Pertenece a la misión de la Iglesia 'emitir un juicio moral incluso
sobre cosas que afectan al orden político cuando lo exijan los derechos
fundamentales de la persona o la salvación de las almas, aplicando todos y
sólo aquellos medios que sean conformes al Evangelio y al bien de todos
según la diversidad de tiempos y condiciones'.
RESUMEN
2247. 'Honra a tu padre y a tu madre' [Dt 5,16 ; Mc 7,10 .].
2248. De conformidad con el cuarto mandamiento, Dios quiere que, después que
a El, honremos a nuestros padres y a los que El reviste de autoridad para
nuestro bien.
2249. La comunidad conyugal está establecida sobre la alianza y el
consentimiento de los esposos. El matrimonio y la familia están ordenados al
bien de los cónyuges, a la procreación y a la educación de los hijos.
2250. 'La salvación de la persona y de la sociedad humana y cristiana está
estrechamente ligada a la prosperidad de la comunidad conyugal y familiar'.
2251. Los hijos deben a sus padres respeto, gratitud, justa obediencia y
ayuda. El respeto filial favorece la armonía de toda la vida familiar.
2252. Los padres son los primeros responsables de la educación de sus hijos
en la fe, en la oración y en todas las virtudes. Tienen el deber de atender,
en la medida de lo posible, las necesidades materiales y espirituales de sus
hijos.
2253. Los padres deben respetar y favorecer la vocación de sus hijos. Han de
recordar y enseñar que la vocación primera del cristiano es la de seguir a
Jesús.
2254. La autoridad pública está obligada a respetar los derechos
fundamentales de la persona humana y las condiciones del ejercicio de su
libertad.
2255. El deber de los ciudadanos es cooperar con las autoridades civiles en
la construcción de la sociedad en un espíritu de verdad, justicia,
solidaridad y libertad.
2256. El ciudadano está obligado en conciencia a no seguir las
prescripciones de las autoridades civiles cuando son contrarias a las
exigencias del orden moral. 'Hay que obedecer a Dios antes que a los
hombres' [Hch 5,29 .].
2257. Toda sociedad refiere sus juicios y su conducta a una visión del
hombre y de su destino. Si se prescinde de la luz del Evangelio sobre Dios y
sobre el hombre, las sociedades se hacen fácilmente totalitarias.
No matarás [Ex 20,13 .].
Habéis oído que se dijo a los antepasados: 'No matarás'; y aquel que mate
será reo ante el tribunal. Pues yo os digo: Todo aquel que se encolerice
contra su hermano, será reo ante el tribunal [Mt 5,21-22 .].
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